miércoles, 14 de mayo de 2014



Los problemas económicos del Gobierno Rajoy han sido los heredados de la Administración Zapatero:

  • Colapso financiero, alargado a colapso bancario y de las cajas de ahorro. 
  • Debacle del sector inmobiliario principal motor económico y no substitución por otro sector líder en la economía.
  • Aumento de la deuda pública.
Acciones implementadas por el Gobierno Rajoy:
  • Flexibilización  de la reducción del déficit. Dos objetivos de déficit público el establecido en los Presupuestos Generales del Estado (3'8%) y el pactado con Bruselas (5'2%)
  • Se ha recurrido al endeudamiento público para lubricar la actividad económica y para financiar la reconversión bancaria; Sólo las CC.AA. y los ayuntamientos han reducido el déficit. Aumento del gasto público sobretodo por los mayores gastos financieros de una deuda pública creciente y una prima de riesgo disparada al alza. 
  • incremento de los ingresos para mejorar el ahorro público: fuerte subida en tasas e impuestos. 
  • recorte del gasto productivo resultando en un PIB recesivo. Cambios en la composición interna del gasto público del Estado central subiendo muy poco los gastos de personal y las transferencias corrientes mientras suben los gastos financieros. 
Reforma Laboral de Rajoy en 2012:

  • Eliminación del contrato indefinido ordinario con indemnización de 45 días por año trabajado con un límite de 42 mensualidades y su sustitución por uno de 33 días con un tope de 24 meses. 
  • Esta nueva indemnización también afecta a los trabajadores que tengan el contrato ordinario antiguo, pero solo para el periodo de trabajo posterior a la reforma.Es decir los trabajadores depedidos de manera improcedente, su indemnización se calculará a partir de una doble escala. 
  • La indemnización en los despidos objetivos se generaliza a 20 días por años trabajado con un límite de 12 meses.
  • Supresión de la autorización de la autoridad laboral, Ministerio de Empleo o consejería de Empleo, de los despidos colectivos: los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE): la consecuencia de la supresión de este trámite implica la reducción de las indemnizaciones que era mayores de lo que la ley estipulaba (20 días por año trabajado). Ahora si no hay pacto sindicato-empresario, el empresario puede despedir unilateralmente y el trabajador sólo podrá recurrir ante el juez.
  • Definición de la causa económica de despido de una caída de nueve meses consecutivos de las ventas o ingresos de la empresa.
  • Posibilidad de que el empresario se salte el trámite judicial admitiendo la improcedencia del despido y pagando la indemnización correspondiente.
  • Acaba con la prórroga indefinida de convenios limitada a un máximo de dos años. 
  • Impulsar la flexibilidad interna: cambios de jornada, salario, horarios. 

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