lunes, 24 de junio de 2013


La promoción de la salud se considera un valor esencial dentro de nuestra sociedad y así ha sido reconocido por quienes toman decisiones en relación con la escuela a la hora de introducir contenidos de salud en el actual currículo educativo. Este hecho se ha reflejado con la entrada en vigor de la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE), promulgada en 1990.
La aplicación de la LOGSE supuso un cambio importante dentro del sistema educativo español. Una de sus mayores innovaciones ha sido incorporar a los contenidos educativos realidades y valores sociales que conectan definitivamente la escuela con nuestra sociedad actual, por medio de los denominados temas transversales, como la educación para la salud, la paz y la educación no sexista, entre otros.
Otras dos características importantes son la reforma organizativa de los centros y el cambio en la concepción del propio currículo, más abierto y flexible, que permitieron una mejor adaptación a las características de cada escuela, de sus alumnos y de su propio entorno social.
Con la LOMCE (2013) este planteamiento educativo que empezó tímidamente la LOGSE (1990) convierte a la escuela en un entorno desde el que se puede promover la salud, ya que la finalidad de ésta es preparar a la infancia para que pueda integrarse en otros entornos de su interés, de forma autónoma y crítica, a la vez que responsable y solidaria.
De todas maneras, quedan muchos avances que hacer, porque plantear una educación saludable dentro del contexto escolar supone un gran paso en relación con la salud, pero para trasladar la intención a la práctica es necesario contar no sólo con el marco legal y la propia Administración, sino también con la colaboración de los docentes y de la comunidad educativa, así como con una asignatura obligatoria de educación para la salud en la escuela.
Ahora pasamos al análisis concreto de los contenidos educativos en educación para la salud en de las diferentes leyes educativas a partir de la LOGSE (1990):
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Análisis
La LOMCE (2013) es la quinta ley educativa de la democracia española después de la LODE (1985), LOGSE (1990), LOCE (2002), LOE (2006).
LOGSE (1990)
Los contenidos y objetivos de salud se introducen definitivamente en el currículo escolar cuando se realiza la reforma del sistema educativo el 3 de octubre de 1990, y o se concretan en un curso o etapa, sino que se contemplan en todos los niveles educativos, desde la educación infantil  hasta la secundaria. Asimismo, según la etapa, la presencia de contenidos de salud varía en las diferentes áreas de conocimiento de manera que, mientras que en la educación infantil hay una mayor presencia de contenidos de salud en el área de identidad y autonomía personal, en primaria estos conocimientos son más frecuentes dentro de las áreas de conocimiento del medio natural y social y el área de educación física. En secundaria, en cambio, son varias las áreas en que se hace referencia a la salud: ciencias de la naturaleza, educación física, ciencias sociales y geografía e historia. Integrar la educación para la salud  en la escuela no supuso crear una asignatura más.

LOCE (2002)
Según la LOCE (2002): La Educación Primaria contribuirá a desarrollar en los alumnos las siguientes capacidades:
“l) Conocer el valor del propio cuerpo, el de la higiene y la salud y la práctica del deporte como medios más idóneos para el desarrollo personal y social.”
Entre los principios educativos de la Educación Secundaria de la LOCE (2002) encontramos que:
“l) Conocer el funcionamiento del propio cuerpo, para afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la práctica del deporte, para favorecer el desarrollo en lo personal y en lo social. Integrar la educación para la salud  en la escuela no supuso crear una asignatura más.”
Vemos que a pesar de los objetivos que se marca esta ley, estos no se plasman en la creación de una asignatura de educación para la salud  en la escuela.
LOE (2006)
Los objetivos de la educación en relación a la salud de la LOE (2006) era:
“h) La adquisición de hábitos intelectuales y técnicas de trabajo, de conocimientos científicos, técnicos, humanísticos, históricos y artísticos, así como el desarrollo de hábitos saludables, el ejercicio físico y el deporte.”
Entre los principios de la educación primaria en relación a la salud encontramos que:
“k) Valorar la higiene y la salud, aceptar el propio  cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias y utilizar  la educación física y el deporte como medios para favorecer el desarrollo personal y social.”
Principios de la educación secundaria:
” k) Conocer y aceptar el funcionamiento del propio  cuerpo y el de los otros, respetar las diferencias, afianzar los hábitos de cuidado y salud corporales e incorporar la educación física y la práctica del deporte para favorecer el  desarrollo personal y social. Conocer y valorar la dimensión humana de la sexualidad en toda su diversidad. Valorar críticamente los hábitos sociales relacionados con la  salud, el consumo, el cuidado de los seres vivos y el medio ambiente, contribuyendo a su conservación y mejora. “
Entre los objetivos de la formación profesional en relación a la salud:
“d) Trabajar en condiciones de seguridad y salud, así como prevenir los posibles riesgos derivados del trabajo.”
En esta ley se amplían los objetivos de salud pasando solo de los objetivos genéricos y de la educación secundaria de la ley anterior, a ampliarlos a la educación primaria y educación profesional.
LOMCE (2013)
Según el Proyecto de Ley Orgánica para la mejora de la calidad educativa (LOMCE)
El informe realizado por el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para la realización del anteproyecto de la LOMCE explicitaba lo siguiente:
“consideró pertinente que, entre las materias obligatorias de las diferentes etapas educativas, se incluyera la educación para la salud y la prevención de la obesidad, así como nociones elementales de dieta saludable y actividad física adecuada y aspectos básicos de seguridad alimentaria para prevenir enfermedades” pág.39.
“En cuarto curso se regula en el Real Decreto 1631/2006 de 29 de diciembre por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria. Esta norma contempla tres opciones. En la opción tercera se encuentra “Alimentación, Nutrición y Salud, junto con ciencias Aplicadas a la Actividad Profesional y tecnología”. “
Vemos que con la última ley educativa del gobierno del Partido popular por fin se establece una asignatura en educación secundaria que ofrece contenidos en relación a la salud. Con esta ley, los contenidos de salud, encuentran una asignatura en el que son impartidos y no son simplemente conocimientos que se integran de forma satélite en otras asignaturas. De todas maneras es una asignatura optativa en último curso de la ESO y las escuelas no están obligadas a impartirla porque los alumnos podrán escoger las tres materias de una de las tres opciones pero los centros deberán ofrecer las tres opciones, con un mínimo de dos materias de cada opción y al menos una de las materias comunes a todas las opciones.
Conclusión
Salud al Colegio
Por lo tanto creo insuficiente el lugar que ocupa la salud en la actual ley educativa LOMCE (2013) o ley Wert porque considero que el hecho de que haya una asignatura obligatoria en la educación infantil, primaria o secundaria que imparta contenidos relacionados con la salud es un imperativo categórico para la mejora de las condiciones de salud de la población.
Bibliografía:
Colomer Revuelta et altres (2008) Promoción de la salud y cambio social; Barcelona, Elsevier Masson, p.154-155.

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